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Como ha pasado con otras normativas innovadoras, conocer cómo afectará la CSRD sobre información sobre cuestiones medioambientales, sociales y de gobernanza a tu empresa puede verse de dos maneras. Puedes tomarlo como un problema que en el futuro, ya muy próximo, os va a quitar muchas horas de trabajo.

Aunque esto último es verdad, también lo es que la nueva CSRD aprobada el 28 de noviembre representa una gran oportunidad para empezar a trabajar de otra manera, tanto internamente como con vuestros proveedores. El objetivo es medir y verificar la sostenibilidad de las empresas sobre un misma base y eso solo puede ser bueno en sí mismo, con todas las lagunas que la norma todavía presenta, especialmente en materia de comparabilidad.  

Además, más allá de posibles sanciones, según vaya incorporándose, esta nueva directiva va a asegurar a las empresas que sean más concienzudas en materia de sostenibilidad mientras que dejará retratadas para siempre a las que se estén limitando a buscar el ‘greenwashing’ y poco más. 

En la práctica las empresas no solo deberán informar sobre cómo su modelo de negocio afecta a su sostenibilidad; también deberán identificar cómo los factores externos (cambio climático o los derechos humanos) influyen en sus actividades. El objetivo es que los inversores puedan tomar decisiones mejor informadas. 

A qué empresas afecta la CSRD y desde cuándo 

En principio, la CSRD va a afectar a las empresas más grandes y a aquellas Pymes que operen en mercados regulados. Sin embargo, como los requerimientos de contabilidad en sostenibilidad, derechos humanos, impacto social o gobernanza serán mucho más exhaustivos, acabará alcanzando también a los proveedores de estas. 

Además, las grandes empresas deberán aportar esta información -cuantificada, no narrativa- de todas sus sedes-. A esta norma de la CSRD le queda pendiente un desarrollo en forma de estándares, que se llevará a cabo en el EFRAG (European Financial Reporting Advisory Group) y se anunciarán tras la consulta con los países miembros y otros organismos. 

A partir de ahí, el calendario de aplicación de la CSRD será el siguiente: 

  • Reporte del ejercicio 2024 desde el año 2025 a las empresas de más de 500 empleados, que están sujetas a la Directiva sobre información no financiera de 2014
  • Reporte del ejercicio 2025 desde el año 2026 a empresas con más de 250 empleados y/o una facturación de 40 millones de euros y/o 20 millones en activos totales 
  • Reporte del ejercicio 2026 desde el año 2027 para las PYMES cotizadas, entidades de crédito y pequeñas aseguradoras
  • Desde 2028, la CSRD se aplicará al resto de PYMES para el ejercicio 2027, excepto las micropymes

Consecuencias de la CRSD para obtener financiación

Además de las 49.000 empresas a las que se aplicará directamente la CSRD en toda Europa (de las 12.000 actuales), su impacto se hará notar también en las capacidades de financiación pues las entidades de crédito van a tener que balancear sus portafolios con arreglo a esta norma. 

En este sentido se pronunciaba, Silvia Merino del Banco de España durante el último Congreso Nacional de Medioambiente al respecto de la doctrina del BE respecto a la CSRD: “Las entidades de crédito también tienen la normativa ‘reglamento de requerimientos de capital’, que llegará en 2023 y les obligará a temas tener en cuenta criterios ESG sobre riesgos físicos y asociados al cambio climático”. 

La representante del Banco de España proseguía: “Las entidades de crédito deberán tener un porcentaje de sus carteras balanceado con un porcentaje de actividades ligadas a la taxonomía verde y un ratio de activos verdes (AGR) que se encuentren reflejados en la citada taxonomía”. 

Está previsto que esta regulación se detalle dentro del ordenamiento español en mayo de 2023, a partir del desarrollo de la Ley 7/2021 para las entidades de crédito y aseguradoras a través de un Real Decreto. 

Esto hará, por ejemplo, que en el cálculo de la huella de carbono se audite y deban certificarse el alcance 3. Otra de las vías que, claramente, hará que la CSRD impacte en cientos de pymes en España, aunque sea de manera indirecta.

Qué puede hacer tu empresa para prepararse ante la CSRD

Os afecte o no de manera directa la CSRD, en tu empresa debéis empezar a preparar toda la documentación necesaria, especialmente en cuanto a la medición y registro de la huella de carbono, ya que os la pedirán vuestros clientes. 

Y en caso de ser una de las 50.000 empresas afectadas por la normativa de información en cuestiones medioambientales, sociales y de gobernanza, al final, a por muchos pasos que toméis para reducir vuestra huella de CO2, deberéis llevar a cabo una compensación.

Para ello, habrá dos posibilidades: llevar a cabo un proyecto de compensación o comprar bonos de carbono. En el segundo caso, se estima que el coste del bono de carbono del mercado obligatorio para el año 2028 rondará los 250-300 euros. 


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Es por ello que desde Forest Bank se propone la cofinanciación de proyectos de compensación como estrategia para asegurar un importante ahorro a largo plazo -puesto que el precio del bono se reduce drásticamente-, al mismo tiempo que se mejoran el resto de métricas RSC de vuestra compañía

El problema respecto a esto último es que los proyectos forestales tienen largos plazos de ejecución: dos años hasta la plantación y obtención de las compensaciones ex-ante (20% del total del proyecto) y, al menos, otros cinco años hasta que se empiezan a generar los bonos ex-post (80% del total del proyecto). 

En definitiva, puede que la compensación de la huella de CO2 sea literalmente lo último que debe afrontar una empresa para no tener problemas de cumplimiento de cara a la CSRD. Sin embargo, para no incurrir en unos costes que podrían exceder a los actuales en un 300% a los actuales, conviene empezar a diseñar esta compensación desde ahora mismo. 

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